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En el contrato está estipulada la subida del alquiler de acuerdo con el IPC, la dueña de todo el bloque ha fallecido recientemente y sus herederos han acordado una subida de los gastos de escalera de forma unilaterial sin comunicación previa.
Tengo entendido que estos gastos no pueden subir más del doble que el alquiler ¿al no haber subido este año el alquiler pueden subirnos los gastos de escalera? y ¿pueden hacerlo sin aviso previo?
Si en el contrato está estipulado, conforme a la LAU, que los gastos de comunida se incrementan del mismo modo queel alquiler, los nuevos dueños nopueden modificar ese contarto de ninguna manera.
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