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Hola!
mi consulta corresponde a algo que acaba de pasarnos. Estando mi hijo en la ducha, nos ha saltado una de las puertas de cristal de la mampara en mil pedazos. Afortunadamente solo algun pequeño corte sin importancia, más el susto.
quién debe reponerlo?
gracias
Coincido con mi compañero León y entiendo que no conviene traer a colación los seguros a la hora de responder a este tipo de consultas, la aseguradora responde en nombre de su asegurado si la póliza cubre ese supuesto, pero a nuestros efectos lo que conviene determinar es quien es la responsable de la reparación y en este caso parece bastante claro que es la consultante, salvo que pruebe lo contrario, cosa harto dificil al tratarse de una prueba negativa (probatio diabolica que decían los clásicos).
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
VICTORIA M: en este caso no va a quedarle más remedio que reponerlo Ud. misma, porque aunque no dudo de que sea cierto que el cristal estalló "de pronto" no va a poder demostrarlo.
Puesto que existe una presunción legal de que los daños que ocurren dentro de una vivienda son responsabilidad del inquilino y Ud. no puede demostrar que no ha sido por mal uso, no va a quedarle más remedio que pagarlo Ud.
Lo teneis que reponer vosotros o en su caso vuestro seguro de la vivienda.
Si el arrendador tiene un seguro del piso y cubre los riesgos de los arrendatarios, tambien lo repondrá.