Mónica me parece que necesita aclaración sobre estos temas. Si vd ha pactado un alquiler de 800 euros sobre esta cifra el dueño le repercutirá el IVA (21%) 168 euro y vd descontará el IRPF: 152 euros, o sea vd deberá pagar al dueño: 668 e ingresar en Hacienda trimestralmente 456.
El ingreso que vd hace es en beneficio de su casero él se lo descontará de su declaración de la Renta.
En cambio el IVA que vd paga a su casero se lo puede descontar del IVA que vd debe pagar trimestralmente a Hacienda.
Su casero está obligado a expedirle facturas que vd necesita para poder descontarse ese IVA soportado 504 euros trimestrales.
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