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MRRD

inquilino/a

Es mi responsabilidad pagar arreglos de caldera o neveras antiguas o reponerle nuevas al propietario?

Alquile el piso hace dos años, todo es muy antiguo, la nevera tiene 30 años el calentador de gas es el originario del piso cuando se construyo hace 47 años.

El propietario (erederos) me dicen que yo debo comprar una caldera nueva como una nevera nueva porque es mi obligación por usarlos.

la caldera no funsiona correctamente no enciende hay que hacer muchos intentos antes que la llama encienda, cuando no me tengo que bañar con agua fria, la nevera se descongela o forma hielo por demas mas siempre esta el motor en marcha tiee 30 años.

Tambien una fuga del piso de arriba de agua inundo mi cocina es el mismo propietario y  estropeo un portatil que estaba encima de la mesa.

Segun el dueño yo soy responsable por dejar el pc en la mesa y que el seguro estudiara si lo cubre de esto ya hace 5 meses.

Hasta donde soy responsable y cual es mi obligación y mis derechos.

Un saludo. Maria

 

  • Preguntado por: MRRD
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Hola María, no es cierto lo que dices de que los inquilinos estais totalmente indefensos ante los propietarios, hay una ley que regula las relaciones entre ambos y cada uno tiene sus derechos y sus obligaciones, simplemente hay que solicitar, en caso de discrepancia, que se aplique esa ley. la cual es conocida por la mayoría de arrendadores y arrendatarios y se llama Ley de arrendamientos Urbanos.

    Lo ideal es que un abogado se ocupe de ello en defensa de tus intereses, reclamando al arrendador lo que en derecho proceda, pero como sea que no dispones de recursos económicos para poder tener uno de pago, podrías pedir uno de asistencia gratuita en el Colegio de Abogados o que una asociación vecinal, Cáritas o Cruz Roja, pueda ayudarte mediante la intervención de uno de sus abogados. 

  • MRRD

    inquilino/a

    Gracias por la información, pero llevo dos años luchando con estos problemas entre otros el cableado eléctrico de la época de la construcción del edificio ya hace unos 48 años.

    El problema es que el dueño se descansa que yo gano menos de 600€ y el 75% se me va en alquiler y gastos de luz agua y gas, me es imposible llamar un técnico para que certifique los problemas de la caldera, nevera cerramientos. 

    En definitiva el poder lo tiene el propietario y yo inquilina bajar las orejas y aguantar y callar.  Los inquilinos estamos totalmente indefensos ante los propietarios, solo les interesa la renta puntual y que lo demas uno aguante o se maneje.  

    Me envió un correo donde me decia que yo debía reponer la caldera y la nevera por una nueva ya que era de mi uso. Tiene guaza comprar electrodomesticos nuevos para que el señor se despreocupe de los dinosaurios con los que alquila los pisos.

    Gracias de todas formas, marchar y ser mas astuta antes de aceptar un contrato de alquiler.

    Un saludo

    Maria

    • Respondido por: MRRD
    • Hace 9 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Ante cualquier reparación hay que aplicar la teoría, reparación pequeña o avería/rotura por negligencia o mal uso debe pagarla el arrendatario, reparación grande o sustitución por antigüedad debe pagarla el arrendador.

    Así que cuando pasa esto, hay que llamar a un técnico y que el dictamine el coste y el porque de la avería.

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Todo debe arreglarlo o sustituirlo el arrendador, pues los electrodomésticos forman parte del alquiler; si el piso de arriba es del mismo propietario debe arreglar la fuga de agua. Lea:

    http://www.abogadoarrendamientos.com/2014/11/12/obras-de-conservacion-de-vivienda-y-renta-de-alquiler/

    http://www.abogadoarrendamientos.com/2014/10/16/obras-de-conservacion-en-viviendas-la-caldera-de-la-calefaccion/

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tal como describe los hechos todo lo que refiere es obligacion del casero, ya que la  teoría es muy fácil: Reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero,

    desde luego debe indemnizarle por la pérdida de ese portatil.

    Sin embargo tenga en cuenta que

    en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

     En http://www.pedrohernandezabogado.com/   estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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