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Rosario Gómez iglesi

inquilino/a

Rescisión contrato

Tengo un contrato firmado por un año con una clausula en la que si me voy antes tengo que pagar el resto de las rentas. Yo alquilé el 30 de Abril de este año. 

Me acabo de enterar de que la arrendadora no ha cambiado el contador de luz a instancias de la compañía eléctrica y lleva avisada desde hace un año y ahora dan un plazo de un mes a partir del 26 de Noviembre o me cortan la luz. Por circunstancias laborales no puedo estar en los horarios que marcan los técnicos y la casera dice que tampoco, que deje las llaves a la portera. 

¿Tengo la obligación de hacerlo? ¿O puedo rescindir el contrato sin penalización y recuperar la fianza?

 

 

  • Preguntado por: Rosario Gómez iglesi
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Rosario, entiendo que tu contrato es de vivienda.

    Siendo así, y habiendo sido firmado con posterioridad junio de 2013, puedes desistir libremente del contrato una vez transcurridos 6 meses, sin necesidad de causa. La cláusula que señalas sería declarada nula en un juicio y tenida por no puesta

    Únicamente tendrás que pagar como penalización un mes por año de contrato que quede... como ya han pasado más de 6 meses, sería menos de la mitad de una mensualidad de renta.

    Te dejo un enlace que te puede ayudar.

     http://blog.desalvador.es/arrendamientos/duracion-terminacion-vivienda-ii/

    Un saludo,

    www.desalvador.es

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