Has de tener en cuenta que todo eso hay que acreditarlo ante el Juez, examina el contrato no te vayas a encontrar la sorpresa de una cláusula en la que reconoces recibir todo en perfecto estado.
De cualquier modo para dar por terminado un contrato por incumplimiento de una de las partes debe ser el Juez quien determine ese incumplimiento, si el incumplidor lo niega.
En mis post
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición para cualquier asesoramiento complementario.