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Ilefonso

inquilino/a

Renuncia expresa del Art.21 de la LAU por parte del arrendatario

He firmado un contrato de alquiler que pone lo siguiente:

estado de la vivienda, conservación y mantenimiento

"el arrendatario con renuncia expresa a lo dispuesto en el Art. 21 de la lau se obliga a hacer a su cargo en la vivienda pnketp del contrato todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido, sin que durante las mismas tenga derecho a suspender el contrato o a desistir del mismo"

servicios y suministros

el arrendador queda exento de cualquier responsabilidad derivada de cualquier suministro de los que esta dotada la vivienda.

si se hubiera de efectuar alguna modificacion tanto de las instalaciones generales de la finca, como en las particulares de la vivienda arrendada, su costo sera a cargo del arrendatario.

es legal.

tengo luz y agua supongo que ellos darian de alta, pero aun no tengo recibos del mes y no quiero domiciliar nada, ¡¡ Que hago!

tengo contrato por 1 año y dije expresamente que en 4 meses mi mujer se vendría, a donde resido me dijeron que no habria problema, pero esto no me esta gustando como puedo hacer para Irme cuanto mas pronto mejor.

 

 

 

  • Preguntado por: Ilefonso
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Crazyh ha sido el primero en contestar
Paolo_x ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Ilefonso, 

     

    Acabas de llegar, hasta cumplir el año (si es contrato de un año) no te puedes ir. Recuerda que deberás avisar por burofax con mas de 30 dias.

     

    la renuncia de un articulo de la lau es algo asi como una absurdidad suprema. Sencillamente ignora esa parte del contrato, es papel mojado.

     

    respecto a no domiciliar los suministros, no creo que sea posible, la verdad. Pero igual alguna compañia aun acepta el pago en ventanilla.

     

    mi recomendación en adelante es que leas detenidamente las cosas antes de firmarlas, y no firmes algo que no te gusta.

     

    saludos, 

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola illefondo:

    le aconsejo la lectura del siguiente enlace:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/como-defender-tus-derechos-al-alquilar/

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Pues esa cláusula es más que susceptible de ser considerara abusiva, y por lo tanto nula, pero para ello deberá acudir al juzgado cuando lo necesite. No entiendo como ha firmado eso.

    Tiene un contrato con una duración, o pacta o no le queda más remedio que cumplirlo

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
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