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vanesa83

inquilino/a

Tengo que renovar mi contrato de 5 años, ¿tengo que hacer un contrato nuevo si van a ser las mismas cláusulas?

hola soy Vanesa y el 1 de mayo se me termina el contrato de 5 años del alquiler del piso hace un mes llamemos al dueño para decirle que renovamos! me dijo que ya me diría algo ya que el no sabe que tenia que hacer para renovar!!!  hoy en fecha de 12 de abril nos ha llamado diciendo que había hablado con la gestoría donde hicimos el contrato y que teníamos que hacer un nuevo contrato pero con las mismas clausulas! y el mismo precio! hace 5 años el contrato en la gestoría nos costo 360 euros tenemos que pagar lo mismo los 360 euros???? y hacer contrato nuevo?? o no ??? porfavor díganme algo ya que me corre prisa muchas gracias un saludo

  • Preguntado por: vanesa83
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Domus ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola vanesa:

    en el siguiente enlace encontrará información detallada sobre su consulta:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    si tienes un contrato de 5 años y no haces uno nuevo el que tienes te sirve (como mínimo ) por 3 años más.

    A día de hoy, si no existe notificacion (ni tuya ni de tu casero) el contrato ya se ha renovado por otros 3 años según la ley.

    la Gestoría lo que quiere es hacer un contrato nuevo y cobrar otra vez.
     

    Artículo 9. Plazo mínimo

    1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

    Artículo 10. Prórroga del contrato

    Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Si no hacéis contrato, el que tenéis se sigue prorrogando a vuestra voluntad año a año hasta otros tres, con las mismas condiciones.

    En cambio con un nuevo contrato podréis permanecer hasta cinco años aunque pactéis un periodo inicial de un año o incluso menos.

    Debes saber que el contrato está ya prorrogado, pues por lo que dices, ni el propietario ni el inquilino han notificado de forma fehaciente su intención de no hacerlo con una antelación de al menos 30 días a la fecha de finalización.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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