Con contratos continuos e iguales de 11 meses, ¿puede el propietario echarme cuando finalicen? O subir el alquiler?
Sé que puedo demostrar por duración, como vivienda habitual. Por lo que no sé si con cada contrato de 11 meses puede subir el alquiler lo que se le antoje.
¿Pone en tu contrato de once meses que se trata de un contrato de alquiler de vivienda temporal y la razón por la que es temporal (trabajo, estudios ...)? Si es así y pone todo eso, entonces se trata de un contrato temporal, pero si simplemente es un contrato de arrendamiento por once meses y no pone nada más, bajo ningún concepto se puede considerar alquiler de temporada y el casero está obligado a prorrogarte el contrato de forma anual hasta sumar cinco años de alquiler y ajustarse al IPC para hacerte la subida anual del alquiler. La jurisprudencia ha demostrado que la duración del contrato no lo convierte en temporal o habitual, lo que lo hace que sea temporal es que se especifique que lo es y el motivo por el cual la vivienda alquilada no es la vivienda habitual del inquilino.
Si este propietario, te hace contratos de 11 meses, es porque lo considera de temporada y sólo se arriesga contigo 11 meses, cuando los cumplas, si no le interesas, no te renovará y se acabo el problema, esto se puede interpretar tambien de la siguiente manera: si vencidos los 11 meses, no te interesa tu nueva renta, pues te vas y tan amigos. Otra cosa que dices, es que puedes demostrar con varios contratos de 11 meses, de que la vivienda es la habitual tuya, pues coges un abogado, le pagas y que te pleitee el tema en el juzgado, seguro que el abogado estará deseoso de sacarte la pasta. Sin más un saludo de Carlos Fuster
El propietario no puede echarte tras once meses de alquiler, tú tienes derecho a la prórroga obligatoria del contrato por un año más y así sucesivamente hasta sumar un mínimo de cinco años de alquiler tras los cuales el casero sí que tiene la opción de renovarte o no el contrato por tres años más.
Y, sí, si cada once meses haces un nuevo contrato el casero sí que puede subirte la renta lo que quiera porque se trata de un nuevo contrato. Por eso, lo que debes hacer es la prórroga obligatoria del contrato porque durante los primeros cinco años de alquiler el casero sólo puede subirte la renta de forma anual y de acuerdo a las variaciones del IPC.
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