Buenas tardes, tengo un contrato de arrendamiento del año 2012, el pasado 8 de septiembre cumplia y la mujer del casero me envia un burofax con fecha una semana despues del 8 de septiembre indicando que en 2 meses me tengo que ir del piso que no me renueva, es esto legal?, estoy en el sexto año y no me ha avisado antes del 8 que era la fecha de renovacion, alegando que no se puede hacer cargo y le deja el piso a su hijo, pago el alquiler todos los meses sin problema.
Para los contratos que se celebraron antes del 6 de junio de 2013, el artículo 9.3 LAU establece como principio básico que para que el arrendador pueda exigir la restitución del inmueble por esta causa, debió establecerse en el contrato la posibilidad de que el arrendador iba a necesitar la vivienda para si o para sus familiares dentro de los 5 años primeros de contrato. Si así se estableció en el contrato, el arrendador podrá pedir la restitución de la vivienda para que la habite él mismo o determinados familiares antes de que entre en vigor la próxima (o la primera, según los casos) prórroga obligatoria.
No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración,se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad
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