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Quisiera saber si podemos reclamar daños y perjuicios en este caso:
Damos una señal de 1 mes de fianza del piso + comision inmobiliaria. Nosotros gestionamos todo lo referente a dejar el piso anterior, como abandonar el alquiler del garaje, mandar burofax, tirar cosas y comprar otras.. y a 1 semana de firmar contrato la dueña del piso nuevo dice que lo quiere TODO EN NEGRO y con contrato privado, y eso no es lo que habiamos acordado oralmente cuando se nos explicaron las condiciones. Solo tenemos un recibo que nos dio la inmobiliaria de 1000 euros en concepto reserva. ¿Querra la inmobiliaria quedarse nuestro dinero si la dueña ahora cambia las condiciones? ¿Podre exigir una indemnizacion en este caso que la dueña no quiera hacernos contrato? DIMOS LA FIANZA porque nos dijo que nos haria contrato, de no ser asi no nos interesa, y no queremos perder la fianza porque desistimos no porque queramos sino porque la dueña nos ha cambiado las condiciones
si usted vive en catalunya mirar sobre internet la ley 13/1996 de julio.y articulo 3 y 12 articulos ajustat a esta ley.
si los propietarios no lohecho como dice la ley pueder denonciarlo
La fianza debe documentarse haciendo constar las condiciones esenciales de renta y plazo del alquiler, por supuesto identificando la vivienda al menos mediante su dirección postal (calle, número, piso, letra, etc). Si llegado el momento desiste quien ha recibido la fianza, deve entregar el doble; si desiste el inquilino, pierde lo entregado. Por tanto si ahora el propietario o la inmobiliaria pretenden alterar lo comprometido, deben devolver el doble de la cantidad recibida en concepto de fianza.