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Me voy a ir de la casa este mes y me rallaron la puerta de la casa por fuera yo no sé quien fue, pero cuando entre a la casa no estaba. No me gustaria que me quitaran dinero de la fianza por esto, leí algo de que eso es para la comunidad o no se que,
alguien me puede ayudar?
Graicas
Claro, el tema es ese que el seguro no cubriria eso, tengo entendido ademas que la puerta por fuera es como si fuera el portal, osea de la comunidad de propietarios o bien del propietario.
Bueno el caso es que eso entra dentro de continente y no es cargo mio.
Gracias
Sí, va muy bien tener seguro.
pero solo el seguro del arrendador cubrirá la puerta por fuera, así que, alberto, ya sabes de quién es cargo.
Hola, es un tema espinoso entiendo que el inquilino no tiene la culpa de que le rayen la puerta y no sea responsable el
pero tampoco es responsable el dueño y no veo justo que el se tenga que hacerse cargo del arreglo de la puerta
para estos casos biene muy bien en tener un seguro del piso
Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede, los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos datos se extraerá la posibilidad o no de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora.
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Ni se te puede imputar ni se puede decir que es un mal uso tuyo, así que no veo que sea un gasto que puedan descontarte.
De todas formas, cualquier cosa que quieran descontar tiene que estar reflejada en el documento de finalización de contrato y entrega de llaves, con copia para cada parte, y siempre puedes firmar "no conforme" y acudir al juzgado para que decidan.