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Es que he notificado por escrito a la propietaria que dejamos la vivienda por nuestra situacion actual econominca (pocos ingresos) y me contesta esto. ----para abandonar la vivienda tendremos que hacer la devolución de llaves etc y quedar para revisar la entrega de la vivienda.
mi pregunta es, esto es asi? Me puedo marchar cuando quiera? O por el contrario, le puedo enviar las llaves a su domicilio?
gracias por su atencion
hola, has mirado cuando es el cumpleaño del contrato en principio no se puede ir antes del la fecha del contrato y hay que avisar un mes antes
si lo haces se puede sancionar, pero si llegas a un acuerdo con el tienes que firmar la carta de finiquito del piso los dos y el casero tiene que ver el piso y dar el visto bueno y a la firma se entrega las llaves en mano
Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, que servirán de base para su descuento de la fianza. Ignoro si es su caso, pero de ese dato se extraerá la posibilidad o no de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora.
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