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El contrato que firmamos tenía validez por un año, si ambas partes estaban de acuerdo se prolongaria por otro año más hasta un máximo de dos. Si se quería cancelar se daría un preaviso de 1 mes . El inquilino paga mal y tarde, y no abona sus consuibles ademas ha subarrendado, todos estos supuestos eran causa para rescisión del contrato y están contemplados en el contrato. ¿ como debo actuar? ¿ envio burofax para canelar el contrato?
Envíele un burofax al arrendatario enumerandole todo las razones por las cuales quiere rescindir el contrato de común acuerdo, y si no llega a un acuerdo, la única opción para desahuciarle es a través de un juez, es largo, pero las razones que comenta, retraso continuado en el pago, falta de abono de los suministros, y sobre todo el subarriendo, son razones suficientes para que el juez le de la razón.
Hola Maria:
Le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/Los-derechos-del-arrendatario.htm
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
Respecto a los retrasos en el pago de la renta o al subarrendamiento de la vivienda, ambos supuuestos la facultan para instar judicialmente la resolución del contrato de arrendamiento.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Debe tener claro que nadie puede rescindir un arrendamiento, eso corresponde al Juez. En su caso el inquilino tiene derecho a permanecer cinco años en el piso, eso si pagando el alquiler y cumpliendo el contrato y la LAU.
Si su inquilino no cumple lo siguiente es acudir al Juzgado para desahuciarlo.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).