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Es de mis suegros y se que está embargado, pero puede ser que no lo embarguen, pero ¿y si es asi?
Si lo embarga el banco porque no pagan la hipoteca el contrato de arrendamiento se podría anular si el juez queda convencido de que ha habido un fraude, y que lo que se pretende es impedir que el banco ejecute su hipoteca. En el contrato de préstamo hipotecario seguramente consta la prohibición de arrendar el inmueble.
Si lo embarga otra persona o entidad y usted ha contratado el alquiler antes del embargo simplemente se quedará en el piso hasta un máximo de cinco años y pagandole la renta al adjudicatario en subasta, si lo hubiera. El contrato de alquiler tendrá que tener un plazo normal (5 años) y una renta de mercado, pues en caso contrario se podría anular por fraudo.
Si el contrato es posterior al embargo resulta más fácil que se anule por fraude, dado que es usted pariente de los propietarios.
Si lo que quieren hacer es proteger la posesión del bien le aconsejo que actúe con cuidado antes de meterse en un lío mayor del que ya tienen.
Si está embargado y tu lo alquilas posteriormente,te quedarás sin el fijo,máxime cuando hay un familiar de por medio
Uy, problemas.
Lo mejor es que acudas a un abogado, ya que estos contratos son tremendamente complicados, ya que son dos contratos en uno, y hay que especificarlo todo bien y claro.
Además si es de los suegros, cuanto más clarito todo mejor.
Eso de que está embargado, y lo más seguro es que no sigan adelante, si el embargo es de un banco, deje que le diga, que cuando un banco empieza el embargo es muy difícil que se pare, ya que empiezan ha haber unos gastos de gestión, intereses de demora, costas de los abogados etc.
Suerte