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Me gustaría saber quién ha de hacerse cargo del impuesto de incineración de residuos, si el dueño del piso, o yo . En el contrato no pone nada, ya que el impuesto salio dos años después de alquilar yo el piso ...
desconozco esta tasa pero si indicarle que si esta englobada dentro de algún suministro como el agua ( ej: la tasa de residuos de la ciudad de Sevilla) sera de cuenta y cargo del inquilino.
la LAU nos indica lo siguiente y según interpreto seria usted quien debiera pagar este tributo.
Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales
1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.
La respuesta entonces parece que debe ser el propietario sin embargo habría que examinar la ordenanza que crea esa tasa, no parece un impuesto, ya que el que produce los residuos que se incineran es el arrendatario.
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