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El arreglo del lampista supongo que el propietario, pero la fra de un agua que yo no he gastado, sino que es un daño colateral de un problema de las tuberías.
Gracias anticipadas.
Si en su contrato está previsto que usted debe pagar el suministro de agua, el exceso de consumo, aún cuando se deba a una avería, también es a su cargo.
El propietario no está en la vivienda, por tanto, no puede percatarse de la existencia de una fuga de agua; y no puede por ende, cerrar la llave de paso general para evitarla.
Incluso si la fuga de agua no causa daños (por ejemplo subterranea), si es tras el contador, será a cargo del inquilino, por el mismo motivo previo.
La única razón que podría usted alegar para exigir alguna corresponsabilidad al propietario, es que este hubiese demorado la reparación exprofeso; y pudiese probar dicha intencionalidad.
Saludos cordiales.