Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Nos comunicó el propietario del piso, que le habían llamado para realizar la revision anual de la caldera de gas. Le facilitaron nuestro telefono y se ha puesto en contacto con nosotros una empresa de mantenimiento de gas. Alegan que tenemos que realizar un contrato nosotros y hacernos cargo de todos los costes, que así es por ley. Entiendo que la caldera pertenece al propietarios, es de su propiedad, el mantenimiento de la misma correspondería al propietario y el disfrute y gasto del mismo al inquilino. Querría saber si este es el enfoque adecuado o dónde está regulado de manera clara
El inquilino, salvo que el contrato decida otra cosa, solamente está obligado a pagar periodicamente el alquiler y los gastos de comunidad si aparecen cuantificados en el contrato.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/
Creo que lo que buscas puede ser esto: Capitulo 4º del art. 21 de la lau (Ley de arrendamientos Urbanos). Ponlo así en buscador google y te sale.
a ver si encuentras algo por aquí, yo nunca lo he leido entero.
un saludo.