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He leido por aqui anteriormente que existe un "inventario", entiendo que se refiere a todo aquello que se encuentra en la vivienda de alquiler en el momento de entrar a vivir y que pertence al propietario. ¿Este inventario deberia estar realizado por el propietario?Entiendo que seria un bien para él porque alli consta todo lo que es suyo por si un caso pasase algo dentro de la vivienda y pudiera reclamar. ¿si hay algo que no esta en el inventario y lo rompo , por ejemplo, podria reclamarme algo? ¿si no hay tal inventario, con qué acuerdo existe para las cosas de la vivienda?
El inventario se adjunta al contrato y tiene que estar firmado por ambas partes.
Al abandonar la vivienda se deberá dejar explicitado en el documento de finalización de contrato cualquier cosa susceptible de ser repuesta con la fianza.
Si rompes algo que no está en el inventario, va a tner difícil reclamartelo.
Muchas gracias por la rápida respuesta. Yo habia pensado tambien en hacer todo tipo de fotos para documentar el estado del piso y los muebles. Si lo presento en papel, asi tal cual, ¿tiene validez formal? Es decir, ¿lo podria presentar en algun juzgado si fuera el caso extremo de denuncia o alguna cosa similar? Veo que eres casero, por experiencia ¿sabes si tiene exito hacerlo la manera que dices?
En estos casos lo más prudente es sacar un reportaje fotográfico, tanto el casero como el inquilino y llevarlo al papel escrito y dar conformidad,para el día que se entregue la vivienda, volver a chequerlo y evitar "lios" y reclamaciones. Haces otra pregunta de que si te puede reclamar: ¡dalo por seguro!