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Mari

casero/a

Quien debe pagar
Hola . Hace medio año los inquilinos (A) que tenía se fueron del piso y no se hizo el cambio de nombre de la luz . Ahora entran otros inquilinos (B) al cambiar de comercializadora la anterior reclama el pago de esos seis meses a (A) . Ellos no quieren pagar esa deuda de 300? y dicen que la tengo que pagar yo . Tengo mis dudas , si le reclaman a ellos debo pagar yo.? Muchas gracias 
  • Preguntado por: Mari
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (11)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Todo depende de la potencia contratada... He visto casos que requieren mucha potencia (aires acondicionados, lavadora, secadora, etc.) donde el término fijo son más de 100 ? al mes, sin contar consumo.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Aunque me parece muy caro para haber estado vacío Yo pago mucho menos... como 20 euros al mes cuando no hay consumo
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pero bueno... que si no han vivido esos seis meses en el piso (me extraña que haya tardado tanto en alquilarse) le corresponde al arrendador pagarlo claro está

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Amparo es muy fácil que Mari pida las facturas y compruebe los conceptos en ellas expuestos y a continuación decida.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Son facturas mensuales... con lo que no llega a 300 euros el semestre
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    SE ve de pena ... a ver ahora

    52,36  -  60,92  -  47,41  -  35,71 - 38,72 - 39,82  





















     









     









     








     
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pedro... yo no creo que 300 euros sea el gasto de una vivienda sin consumo... Mira, este es el gasto eléctrico de una vivienda de mi propiedad... HABITADA 0 5.02.2016 52,36 178  





    21.12.2015
    60,92 229  





    17.11.2015
    47,41 163  





    07.10.2015
    35,71 120  
     



    08.09.2015
    38,72 122  
       


    06.08.2015
    39,82 137  


  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    cierto, Pholmo, bien visto.
    Entonces deberá abonarlo Mari y no podrá repetir contra los antiguos arrendatarios, ya que era obligación de ambos haber hecho el cambio de titularidad en su momento.
    Un saludo,
    www.deSalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Mari, sin perjuicio de las acertadas respuestas de Amparo y de mi compañero, hay un aspecto a tener en cuenta, una factura de 300 euros correspondiente a seis meses parece indicar que se refiere a mínimos por la vivienda vacía con lo cual le correspondería a vd hacerse cargo de ese pago.
    En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas,   estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Coincido con la respuesta de Amparo.
    La deuda es de los antiguos inquilinos, no de los nuevos, y le corresponde a Ud. abonarla y repetir contra los antiguos.
    Un saludo,
    www.deSalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Desde luego sus nuevos inquilinos no tienen por qué pagar el pato de lo que hayan hecho sus antiguos inquilinos. 
    Debería pagarlo usted, y luego reclamarlo a los antiguos inquilinos. 
    Si no lo paga cortarán el suministro y tendrá problemas con los inquilinos nuevos.
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