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Hola, llevo apenas 2 meses viviendo un una vivienda alquilada mediante una agencia, desde el primer fin de semana que llevo ahí, siempre que llueve fuerte, me quedo sin luz en el techo, es decir, los enchufes de los electrodomésticos funcionan igual, pero tengo la casa a oscuras porque no puede encender las luces del techo. El cuadro salta. He llamado a la responsable de la agencia y dos semanas después de yo haber estado llamándola y enviándole email insistentemente, me manda un electricista. Este mes, me ha vuelto a pasar lo mismo. dado que no hay forma de resolver esta situación de una forma más rápida por parte de ellos, puedo pagar a un electricista por mi cuenta y deducir el importe en el alquiler?
Gracias
El artículo 21-3 dice: (hablando de reparaciones importantes que afecten a la habitabilidad de la vivienda)
...En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar (el inquilino) las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador. ..
Pero dice "exigir el importe"... no descontarlo de la renta...
El artículo 21 completo puedes leerlo aquí:
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_21
Tendrías que comunicar todos los problemas al propietario mediante Buro-fax, para que no pueda decir que no sabe nada, y si no te contesta le denuncias delante de consumo del Ayuntamiento de tu localidad, o de tu Comunidad Autónoma.