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poco tiempo despúes de entrar a vivir en un piso de alquiler, parte de la terraza se inundó, yo le comente a la propietaria y me comento que deberia limpiar el desagüe, al mismo tiempo que me comento que al antiguo inquilino se le colo una bolsa por el desagüe.
casi al finalizar el contrato de alquiler, debido a las fuertes lluvias la terraza volvio a inundarse, esta vez causando daños a la propietaria que reside en el piso de abajo. el desagüe estaba limpio, pero ahora la propietaria quiere responsabilizarme de lo ocurrido.
la propietaria llamo al perito de la finca y este no considera que el daño fuera causado por daños en la instalacion sino a una obstruccion del mismo.
si yo no fui responsable, no tiene que ser el seguro de la propietaria, ya sea el del piso de arriba y el de abajo el que tiene que hacerse responsable?
No facilita usted suficiente información para poder pronunciarme adecuadamente, pero el mantenimiento y limpieza de la terraza le correspondía a usted mientras alquiló la vivienda.
Si la obstrucción de la bajante comunitaria de pluviales se debe a su negligente uso de la terraza, el seguro comunitario (si la terraza es de propiedad comunitaria y uso privativo), atenderá los daños. En cambio, si la terraza es de propiedad privativa (raro), en ese caso sería el seguro de la vivienda quien atendería los daños.
Y toda vez que ambos seguros (uno u otro), atendiese los daños, si el atasco se debe a su uso negligente de la terraza, le repercutirán a usted hasta el último céntimo que haya supuesto el siniestro. Si por el contrario el atasco se debe a una circunstancia ajena a usted no tiene porqué preocuparse.
Si quiere evitar este tipo de vicisitudes, contrate usted un seguro de Responsabilidad Civil que se haría cargo de estas contingencias.
Saludos cordiales.
Si tiene Vd. El modo de acreditar que no ha habido mal uso, ni uso negligente por su parte la reparación estará a cargo de la Comunidad, o su aseguradora.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/