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xevisub

inquilino/a

¿Qué derechos tenemos los subarrendatarios con contrato verbal?

Hola, llevo cuatro años compartiendo una casa con tres personas más. Ellos solo están ocasionalmente en la casa y yo siempre. Solo una persona tiene contrato de alquiler, los demás lo acordamos verbalmente con el consentimiento de la propiedad. A principios de año me enteré que al parecer yo asumía el 100% de los gastos de la casa por lo que solicité a los demás las cuentas de la misma. Como no me fecilitaban las cuentas a  pesar de varios escritos,no pagué mi parte de septiembre y octubre para presionar el aclarecimiento de las cuentas de la casa. En noviembre volví de un viaje y me encontré la cerradura cambiada. Puse denuncia en el juzgado pero el lunes desestimaron la causa por no tener contrato. Llevo un mes y medio sin poder acceder a mis enseres, mi ropa, libros etc. Parte de los electrodomesticos son mios, lavadora, tv, secadora etc. así como la linea telefonica y adsl. ¿Qué puedo hacer? Gracias

  • Preguntado por: xevisub
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    Su única posibilidad es judicial y siempre que cuente con testigos válidos (arrendador) que puedan aseverar y testificar que efectivamente ha estado vd., residiendo de forma habitual en la casa. Por otro lado, deberá poder demostrar con facturas o documentos comprobantes que los enseres depositados son suyos.

    Asi mismo, la existencia del contrato verbal debe ser probada o de lo contrario carece de valor.

    Un cordial saludo

    Jaime Feiner

    j.feiner.catocc@gmail.com

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El contrato verbal de subarriendo es tan eficaz como el escrito, siempre que se puede probar, al parecer en tu caso no ha sido así, habría que conocer los términos de esa sentencia para determinar las acciones que puedes tener para recuperar tus pertenencias. Desde luego lo que nunca es aconsejable es dejar de pagar el alquiler unilateralmente.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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