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Acdi

inquilino/a

¿qué defensa tengo antes o tras la ejecución indebida de un aval por alquiler?

Se trataría de un aval a primer requerimiento, y sin que la entidad financiera entre a valorar el incumplimiento de pago.

¿Qué se puede hacer ante una ejecución indebida? Supuestamente lo sabría con 5 días de antelación ( es le plazo de liquidación establecido en el aval).

¿Se trataria de una recñamaciñón relativvamente sencilla o rápida?

 

Muchas gracias!

  • Preguntado por: Acdi
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Acdi ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Le sugiero la lectura de mi blog donde precisamente tengo tratado el aval aprimer requerimiento, le dejo el enlace.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Acdi

    inquilino/a

    Muchas gracias por la respuesta, y por la disposición.

     

    • Respondido por: Acdi
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Es dificil darle una respuesta. En principio sí es cierto que oponerse a la ejecución puede ser más rápido, pero es dificil decir cuanto tiempo puede tardar, y si (por las razones que sean) el Juzgado estima que no procede ni entrar a valorar esa oposición tendría que interponer uina demanda "normal". La ventaja es que al ser de cuantía inferior a 6.000 euros sería (en principio) un juicio verbal que es más ágil que el ordinario, pero es muy difícil darle cifras.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Acdi

    inquilino/a

    El importe sería de 2. 700 eur.

    la cuestión es que en mi entidad me indican que una ejecución indebida puede ser muy gravosa para el que lo hace y de rápida resolución, pero yo no lo veo claro.

     

    muchísimas gracias,

    • Respondido por: Acdi
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Acdi: si no llega a un acuerdo no tendría más remedio que acudir a un abogado para que interponga una demanda de reclamación de cantidad. En cuanto a la duración es imposible decirle una cifra sin saber en qué Juzgado concreto ha "caído" el asunto.

    ¿De que importe estamos hablando?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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