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luisjavier

inquilino/a

¿Qué debemos de hacer en caso de que no tengamos agua caliente?
Buenas tardes. El 1 de agosto firmamos un contrato de alquiler por el que pagamos un mes más otro mes de fianza. Total 3000€. Como eran vaciones hasta mediados de mes no entramos en la casa y descubrimos atónitos que no había agua caliente. Llamamos al casero y nos dijo que el problema se arreglaría en un par de días. Pues bien, hace 5 días vino el del gas y dijo que no nos podía poner el agua caliente puesto que la instalación está mal hecha. Total, que llevamos 2 meses sin agua caliente, y estamos hartos y hemos decidido no pagar la renta. (Tenemos los papeles del gas certificando el día y hora que se personó y el por qué de no concesión de agua caliente). El casero puede empezar un trámite de desahucio contra nosotros y ganarlo?

Un saludo y gracias!
  • Preguntado por: luisjavier
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
//Mfan ha sido el primero en contestar
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    El no pagarla renta siempre implica la posibilidad de iniciar una acción de desahucio, personalmente lo que haría es desistir del contrato por que se incumplen las condiciones mínimas de habitabilidad, también cabría la posibilidad, al tratarse de una reparación urgente que de no realizarse ocasiona una grave incomodidad, de reparar por tu cuenta y exigir su inmediato pago al arrendador, lo que pasa es que si no quiere pagar te tienes que meter en reclamaciones .

    Estamos a tu disposición,
    Api Colegiado Inmodos
    Web: http://www.inmodos.net/
    E-mail: info@inmodos.net
  • //Mfan

    inquilino/a

    Por supuesto que puede interponerlo y ganarlo, ustedes no han pagado la renta. Que el arrendador no cumpla sus obligaciones no les da derecho a incumplir ustedes las suyas.

    Lo que deben hacer, pagar cuánto antes la renta y mandar un burofax indicando los desperfectos de la vivienda adjuntando la certificación de la persona del gas. No tener agua caliente se considera que la vivienda no está en condiciones de habitabilidad, si el arrendador no arregla los desperfectos tienes dos opciones, interponer demanda en el juzgado o cancelar el contrato amparándose en el artículo 27 de la LAU, pero fíjese que este mismo dice que lo podrá reclamar la parte que esté al día de sus obligaciones, y si no ha pagado usted no lo está.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 15 años
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