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Me explico, firme un contrato en septiembre hasta junio del proximo año, el piso lo comparto con otros tres compañeros y el contrato es unido a nombre de los cuatro. El problema es que la convivencia es horrorosa, no puedo apenas pegar ojo, no hay higiene y los gastos son elevadisimos debido a la mala gestion que estos llevan. Quiero marcharme a otro piso, el contrato lo firme siendo menor, con 17 años a falta de dos meses de los 18. ¿Que consecuencias tengo si me marcho ahora? ¿Como debo reaccionar para poder irme de la mejor forma posible y menos costosa? Gracias, estoy muy preocupada.
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo. Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente. En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).