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fermina

inquilino/a

se purde alquilar una propiedad por indiviso con una cuota 50%

una propiedad donde hay dos casa cada una propiedad de un dueño tienen en comun por  proindiviso un corral con una cuota del 50% cada uno  ¿uno de los propietarios puede alquilar su cota del 50% del corral sin preguntarelo al otro dueño?

  • Preguntado por: fermina
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Pedro: de los datos que da la consultante interpreto que lo que se está alquilando es el corral, no la vivienda.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    En este caso concreto no creo que haya mayor problema. Lo que se alquila es la vivienda, propiedad exclusiva de una persona y se da un derecho de uso sobre un corral que igualmente podria tener el otro propietario o inquilino de la otra vivienda, a modo de "elemento comun" aunque juridicamente ya se que no es asi.

    Lo logico es dividirlo.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • usuario eliminado

    Sin perjuicio de la respuesta u opinión de Eduardo Llanera, parece más sensanto guiarse por la Jurisprudencia y en ese sentido cito:

    1. - sentencia dictada el 7 de mayo de 2007 por al sección 5ª de la  ap Las Palmas (Ref. El Derecho: edj 2007/149713), en cuyo fundamento de derecho tercero puede leerse literalmente:

    • “ [. ] interdictos de recuperar la posesión y denuncias en el juzgado de guardia, evidenciaban de manera bastante que d. Vicente y dª Valentina - antes su hermano Valentina Vicente - se oponían al contrato de 1 de abril de mil novecientos noventa y uno, y que expiraba a los diez años por lo que d. Ramón debió contar, al celebrar el contrato el 7 de octubre de 1999, con el consentimiento de, al menos, la mayoría de la comunidad, [. ]. ”

    2. - sentencia dictada el 29 de julio de 1999 por la sección 2. ª de la ap de ap Cáceres (Ref. El Derecho: edj 1999/30180) en cuyo fundamento de derecho segundo puede leerse literalmente:

    • “[. ] la codemandada-allanada con olvido de que sólo tenía un derecho de copropiedad compartido con su hermano al 50% sobre las fincas rústicas heredadas suscribe un contrato locativo con el actor, contrato que ha de reputarse inexistente al no haber prestado su consentimiento el otro cotitular de los bienes a quien incumbía y que se ve afectado con la situación arrendaticia de aquellos, el cual ni conoció, ni autorizó y que fue efectuada de forma unilateral. [. ]. ”

    las "opiniones" de los jueces son vinculantes.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Cito a Eduardo Llarena

    El alquiler es un acto de administración, por lo que puede hacerlo uno de los dueños, siempre que la renta y el tiempo sean acordes a los medios de mercado (no se puede alquilar a un precio muy bajo o por mucho tiempo). El dinero se repartirá entre todos. 

    A su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net 
    Puedes ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com

    Read more: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/casa-herencia-3-hermanos-mas-pueden-alquilar-casa-consultarme-mi_8681.html#ixzz32pwFEoUF

  • usuario eliminado

    fermina: no puede, tiene que contar con el consentimiento del otro copropietario.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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