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El 3 de junio firmé un contrato de alquiler por 1 año. Estamos a mediados de octubre y tengo la necesidad de rescindirlo. Lo que dice mi contrato es que tengo que hacerlo como mínimo 30 días antes y por escrito, pero no dice nada de la fianza, que por dicho concepto he dado la suma equivalente a dos meses de alquiler. Habría algún problema con recuperar ese dinero (el piso está tal cual me lo han entregado, no he puesto ni un clavo y prácticamente sólo lo uso para dormir ya que todo el día estoy fuera y vivo solo).
Hola Bcesar:
le sugiero que el su contrato sea revisado por un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos.
reciba un cordial saludo
Hay que leer detenidamente el contrato para poder responder correctamente a la pregunta, pero lo normal es que te obliguen a cumplir el año, y que tengas que avisar con 30 dias de antelación a este cumpleaños de tu intención de no renovarlo.
Una pena, ya que simplemente con que lo hubieras firmado unos dias despues, hubieras podido irte al cumplir el 6º mes.
Es muy probable (lee bien) que esa cláusula que has mencionado se refiera a 30 días antes del vencimiento del contrato... No 30 días cuando tú quieras...
Verás un contrato solo puede rescindirse por acuerdo entre las partes o por orden del juez.
En tu caso tendrás que conseguir que la otra parte esté de acuerdo (probablemente para obtener el acuerdo parte necesites incentivarle...) o arriesgarte a que te demanden por incumplimiento de contrato con caras consecuencias para tu bolsillo.
Saludos - Papeleos Alquiler.