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Hola. Tenemos un contrato de un año prorrogable a cinco ( aval por cinco años). El dueño ha dicho que quiere el piso cuando haga el año (lo quiere ya, que hace ocho meses que firmamos, lo hace para "cumplir" contrato). Nosotros pagamos puntualmente y no hemos tenido problemas. Nos consta que tiene buena situación económica y quiere volver a sus casa por gusto, pudiendo seguir en su domicilio actual.
Nosotros no nos negamos a irnos, tendríamos que movernos una familia con un niño pequeño y un bebé. Nos supone un gasto de inmobiliaria, mudanza, cancelación de aval, conformación de uno nuevo, etc.. que con el actual alquiler ya tenemos hecho y retenido.
Ese desembolso ahora no sería posible. Pagar la renta sí, todo lo demás no. Se dijo que el mínimo eran tres años. Por las buenas no quiere ayudar en nada ¿qué puedo hacer? Muchas gracias. Un saludo.
Pienso que si realmente se traslada,da lo mismo el motivo......por lo que me apetezca.......o por que siento depresión de no estar en la casa que tiene vistas a la estrella polar y necesito psicólogo..yo que se
Crazyh, tienes razón en parte, la necesidad debe estar explicada en la clausula y luego producirse el hecho que la provoca.
¿ Puedes transcribir exactamente lo que pone en dicha cláusula del contrato?
PHOLMO, tengo entendido que, aparte de la necesidad, debe especificarse el motivo. Si no hay motivo especificado no lo veo yo tan claro.
Y en caso de no marcharse voluntariamente, el arrendador deberá instar proceso de desahucio, y con dicha cláusula, sin motivo, no parece que vaya a ser un desahucio fácil.
El arrendador no tiene que acreditar esa necesidad, sin embargo debe trasladarse a vivir a ese piso una vez que os hayais marchado, si no lo hace deberá indemnizaros.
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Sí está firmada la claúsula de necesidad, pero ésta no es real. Se fue porque no le gustaba el piso y ahora quiere volver (no tiene necesidad económica ninguna, NINGUNA). ¿No puedo hacer nada? Ya ha avisado de forma fehaciente. Puede permitirse cincuenta veces estos cambios, pero yo no. Muchas gracias por la respuesta
¿Tienes firmado en el contrato ,la cláusula de necesidad? Porque si no la tienes ,puedes estar hasta el 5º año.Si tienes cláusula de necesidad ,deberá avisarte de forma fehaciente 30 días antes de cada cumpleaños.Eso sí,si no la utiliza de vivienda,puedes demandarle y pedirle daños y prejuicios