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Buenos días, voy a dejar el piso de alquiler en el que me encuentro debido a que el casero se niega a arreglar las ventanas del inmbueble, por las que se filtran agua y ha aparecido moho en la pared y a consecuencia, se cuela la lluvia y viento, produciendo que aunque pongo la calefacción al máximo, el piso no se calienta. Además, existen otros desperfectos comunicados al arrendatario que también, entiendo, se niega a pagar ya que hace caso omiso a todas las llamadas que le hago. Mi pregunta es, ya habiendo pasado más de un año en el piso y no estoy sujeto a permanencia por contrato ¿puedo pedirle algún tipo de indeminización por negarse a reparar los desperfectos? ¿Podría así mismo, pedirle los costos de la mudanza ya que está eludiendo su responsabilidad como arrendador? ¿Dónde debo ir para comenzar los trámites para denunciar a éste individuo? Espero su respuestas, muchas gracias.
Hola, el casero tiene la obligacion del que el piso sea habitable
y para obligarle al casero que te arregle las ventanas tendrias que haberle avisado mediante un burofax el arreglo
y si el no te hace caso tendrias que contratar a un perito para que haga un informe que pondria la necesidad de cambiar las ventanas porque afectaria la habitabilidad de la casa y de este modo tu las arreglas y con todas las facturas le podrias poner una demanda en el juzgado
los desperfectos de la casa hay que intentar verlos antes de firmar el contrato para poder reclamarlos, ya que despues se suelen desentenderse del asunto y es mas dificil que te lo solucionen despues
mira bien a ver si hay alguna clasula en la cual diga que te puedas marcharte del piso pasado un año, si no este se renueva por un año automaticamente
ya que legalmente hay que avisar con un mes antes de que se acabe el contrato la intencion de irse del piso si no este se renueva por un año
Puedes "pedir", pero en el juzgado. Es decir, "demandar". Necesitarás abogado y procurador.
Respecto a que no estás sujeto a permanencia en el contrato, será solo si tu contrato expresamente te permite irte cuando quieras a partir del primer año. Si no es así, tu contrato se ha prorrogado por otro año completo.
Saludos - Papeleos Alquiler.