El contrato de rescisión no existe en derecho.
Usted se refiere al desestimiento para la continuación con acuerdo de ambas partes.
En los contratos se admite el desestimiento como causa de su extinción.
Debe hacerse por escrito para que no ofrezca dudas.
Si se firmó de mutuo acuerdo deben abandonar el lugar.
le dejo algo sobre el tema:
http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/2009/10/renegociando-el-contrato-de-alquiler.html
saludos.