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Mi novio y yo firmamos el contrato con la Comunida de Madrid en Mayo 2013 (la ley cambió en Junio, aclarando que ahora se puede ir antes del año si han pasado 6 meses).
tenemos un avalista porque la Comunidad de Madrid nos pedía contrato indefinido a los dos, pero en Julio hicieron a mi novio indefinido en otra ciudad y me quedo sola pagando una renta que supera el 50% de mi salario.
podría marcharme legalmente, qué plazos hay? Hay algo por escrito a lo que me pueda agarrar?
gracias
Hola Virus:
Le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos, ya que por los datos aportados parece tratarse de una VPO para el alquiler, la cual como bien dice puede contemplar excepciones para determinados supuestos.
reciba un cordial saludo
Hola Virus:
Para responder a su consulta es preciso examinar el contrato de arrendamiento - posiblemente sea una vpo para el alquiler - así como disponer de más datos. Por ello le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos.
reciba un cordial saludo
http://letradosalquileres.es.tl
Lo que tu comentas de los seis meses es para contratos posteriores al 6 de julio. Los anteriores aún están obligados a un año mínimo salvo que se pacte cualquier otra cosa en el contrato.
Podrías intentar pactar POR ESCRITO que te deja que te vayas antes y se queda con la fianza a modo de indemnización y que no te reclamará nada más ni irá a por los avalistas. Es injusto pero si tu casero te hubiese querido echar a los tres meses del piso seguro que te hubiese molestado y hubieses intentado pedirle que te pague la mudanza y una indemnización.
Muchas gracias por tu respuesta.
De todas formas, tengo otro problema añadido, y es quél me dice que va a buscar inquilino o comprador, pero sé que le interesa más vender porque ya lo ha intentado con nosotros dentro, pidiéndonos permiso, y está teniendo visitas para comprar, pero no para alquilar, es decir que está aprovechando la jugada para que mientras yo le pago el alquiler, él si puede, lo vende.
No quiere perder ningún mes de alquiler por lo que no me quiere "dejar ir" y yo, no quiero indemnizarle...no es una causa justificada un traslado?? o quedarse en el paro?? El contrato se firmó por la Comunidad de Madrid y parece que tiene sus excepciones.... las conoce alguien???
Pues no.
Tendrás que intentar convencer a tu arrendador parfa firmar un fin de contrato.
Y para convencerle es probable que necesites llegar a una cifra que le parezca indemnización suficiente por tu incumplimiento de contrato.
Normalmente la fianza y un mes de renta, además de permitir visitas al piso durante septiembre debería bastar.
Si consigues que alquile el piso rápido, de tal forma que no llegue a estar vacío, no cabría indemnización, puesto que no habría prejuicio que indemnizar.
Eso sí, busca un inquilino del agrado del casero, alguien como vosotros.
Saludos - Papeleos Alquiler.