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Frank_North

inquilino/a

¿Puedo habitar un inmueble que es 50% propiedad mía y del cual pago los gastos de comunidad?

Mi padre poseía el 50% de un piso, el otro 50% estaba dividido entre mis dos primas (25% cada una). Hace unos meses mi padre falleció, pasando su parte del piso a mí. Yo he estado viviendo allí un tiempo pero mis primas me dijeron que no tenía derecho a vivir allí, me dijeron que me fuese y dejaron de pagar su parte (la mitad) de los gastos de comunidad, los cuales estoy pagando yo en su totalidad para que la comunidad no nos denuncie por impago. Entonces mi pregunta es la siguiente: ¿Teniendo yo un 50% del inmueble (y mi madre el usufructo) puedo yo habitar la vivienda? Yo les comuniqué que estaba dispuesto a compartir la vivienda con ellas, ya que no era mi intención apoderarme de la totalidad del piso, simplemente hacer vida allí y ocupar uno de los dormitorios.
Muchas gracias.

  • Preguntado por: Frank_North
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
Pelayo de Salvador ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    De acuerdo con Pelayo.

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Tal y como lo describe, de momento solo los usufructuarios, que seguramente aparecerán en la herencia, tienen derecho a vivir allí.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Coincido con mi compañero, solamente ls usufructuarios tienen derecho a utilizar ese inmueble, por lo tanto es loprimero que hay que determinar, en el Registro de la Propiedad ledarán razón de ello.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Frank_North

    inquilino/a

    He de añadir a raíz de la respuesta dada por Pelayo de Salvador que mi tío, el padre de mis primas también posee usufructo, pero tengo entendido que es la parte de la herencia que les corresponde como cónyuges y no como descendientes, en su momento me dijeron que todos los propietarios tenían derecho a usufructo, ya que ni mi madre ni mi tío poseen un solo 1%.

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas noches,

    tal y como señala, ud. Es unicamente nudo propietario por lo que no tiene ningun derecho de uso sobre el piso (ni siquiera de su 50%, ya que dicho derecho corresponde al usufructuario).

    si quiere ocupar el inmueble, necesita algún título (arrendamiento, comodato. )  Sin ningún título.

    un saludo,

    www. Desalvador. Es  

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