Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hola, estoy buscando un piso de alquiler ya que me han trasladado en el trabajo.
He visto uno que me gusta bastante , tanto por la comunicacion como por la zona donde esta situado pero tengo unas dudas... Resulta que el piso supuestamente es de una señora mayor, la cual ya no vive en el no se porque circunstancias pero el asunto es que el piso esta todo repleto de pertenencias de la señora, ropa de vestir, ropa interior, mantas , cuadros , fotografias, libros... Y no me han dejado demasiado claro si el casero me lo vaciaria... Por otra parte el piso tiene un calentador pero esta roto, eso en principio si me han dicho que me lo cambiarian...El piso aunque es viejecito y pequeñito esta bastante decente y bien situado y me gustaria alquilarlo. ¿Puedo exigir que me saquen todas las figuritas, cuadros , fotografias , ropa y demas???
Y también , si se estropea ya sea el horno o la nevera , que me los repongan? pues deben de tener bastantes años...
Gracias por vuestras respuestas, y perdonar por la expresion de "exigir" queria referirme a pedir o solicitar , y en ningun momento con ninguna mala fe.
Para tratar de "aclarar" un poco más yo añado que los electrodomésticos solo se cambiarán cuando se estropeen y la reparación no sea posible,o salga muy cara.A mi entender ,no te lo tiene que poner por escrito,ya que la ley obliga al casero ,en esos casos a su sustitución
Sobre la ropa, lo mejor sería que en el contrato constara que el piso se alquila sin muebles ni otros enseres. Lo más seguro es que lo vacíen antes de tu entrada.
Sobre el calentador (y al hilo de lo que comenta Crazyh), "las palabras se las lleva el viento", mejor que conste en el contrato el cambio del calentador.
Sobre el horno y la nevera, desde mi punto de vista si no te los cambian ahora, luego será complicado que lo hagan.
Estamos a tu disposición en Sant Cugat del Vallès, en Fetscher Advocats i Associats 935571001
Que te van a cambiar el calentador mejor te lo pongan por escrito.
Lo de la ropa y demás es cuestión de pactarlo, no de exigirlo. También mejor por escrito.
En reparaciones se aplica una regla general.
Pequeña reparación, inquilino.
Reparación costosa o substitución, arrendador.
Eso siempre que no haya habido mal uso o negligencia.
Exigir no se puede exigir, se puede solicitar.
Si el calentador está roto y hay compromiso para cambiarlo, que sea por escrito, las palabras no tienen valor y si al entrar conoce esa circunstancia no podrá exigir luego su reposición.
Para los demás supuestos, a pesar de que la ley es clara, la casuistica y la litigiosidad son muy elevadas.
El propietario deberá hacerse cargo del mantenimiento de la vivienda, salvo en los supuestos de desgaste por el uso ordinario o cuando el daño sea imputable al inquilino, cosas donde será este quien deba hacerse cargo de las reparaciones necesarias.
Pedro MArtinez
Abogado