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Vivo en Madrid y estoy de alquiler. No se si puedo desgravarme al no haber depositado el casero la fianza en el ivima.
Pongo a disposición tanto del consultante como de mis compañeros este enlace, cuyo criterio desde luego, cederá ante cualquier otro mejor fundado.
Pues yo evidentemente si practicaria esa deduccion, tanto la estatal como la autonomica. Si posteriormente la aeat me requiere el justificante del deposito de la finaza y el casero no me lo facilita y por ello me hacen una paralela, tengo muy claro que le pongo una demanda al casero, pues ese incumplimiento de su obligacion me ha creado un perjuicio.
Para eso es necesario acreditar el daño y eso se hace practicando la deduccion por completo si se cumplen logicamente los requisitos legales.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
Una cosa que nadie te ha comentado hasta ahora, que SI que te podrás deducir el alquiler a nivel estatal que es un 10,05% de lo que has pagado en el año, siempre que ganes menos de 24.000 €. A nivel autonomico, y como ya te han dicho, solo podrás deducirte con la fianza depositada, cosa que la mayoria de los caseros no hace (el mio incluido)
Gracias, si solo hay desgravación automómica, creo que no podré desgravarme.
M.E.M.C.: si tan seguro está de que no la ha depositado perdería el derecho a la deducción.
Hay una solución un poco "antipática" pero será Ud. quien deba valorarla. Se trata de que sea Ud. quien deposite la fianza de nuevo. Ya sé que es abusivo, pero como le decía, creo que debe ser Ud. quien valore fríamente si le compensa o no. Ud. deposite (de nuevo) esa fianza y a continuación puede hacer dos cosas:
a) decirle al casero que el próximo mes no le paga por lo que ha tenido que hacer.
b) o bien seguir pagando normalmente alquiler y al final del contrato recuperar las dos fianzas.
Ambas opciones tienen ventajas e inconvenientes: la primera es más rentable pero posible fuente de problemas con el casero. A la segunda le ocurre todo lo contrario. Elija la que más le interese.
Y si lo hubiese hecho y te hubiese dicho lo contrario? Tienes constancia por la admninistracion competente? Perderias esa deduccion?
pedro Martinez
Abogado
M. E. M. C. : si efectivamente no la ha depositado, Ud. No podrá desgravarse.