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Martha Correa

inquilino/a

¿Puedo acogerme a alguna normativa para hacer valer mis derechos como inquilina, aunque el contrato haya sido verbal?
Vivía en un piso compartido y la dueña nos pedía pagarle el alquiler en efectivo y a día 1 de mes sin falta. Siempre fui muy cumplida con mis pagos, incluso la dueña afirmaba estar a gusto conmigo; sin embargo, el dia 1 de octubre por no tener preparado el dinero esta mujer me echó del piso y me hizo salir ese mismo día, sin ninguna causa justificada. De la fianza que le había dado me descontó un valor estimado para cubrir los recibos que faltaban por llegar. Considero que ha sido injusto y humillante lo que ha pasado y me gustaría saber si cuento con algún recurso para hacer valer mis derechos. Gracias por su atención.
  • Preguntado por: Martha Correa
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Martha,

    Sí. Puedes hacer valer tus derechos existiendo un simple pacto verbal. Sin ningún problema mientras las dos partes mantengáis y coincidais en aquello que acordasteis.

    El problema surgirá cuando cada parte diga que lo acordado es una cosa distinta. Sin papel firmado, está difícil atestiguarlo. Pero, si lo atestiguas, vale igual que si estuviera firmado.

    Si la pensión la pagabas por mensualidades anticipadas, es decir que el mes de septiembre sí que lo tienes pagado, a mí también me parece demasiado rigor, no consentir ni un solo día de retraso.

    Para el caso de viviendas permnentes, la LAU, en su Artº 17, concede 7 días para pagar la mensualidad. Para tu caso, lo que se pacte.

    De todos modos, después que ya has abandonado la vivienda, no sé muy bien qué es lo que estamos buscando ¿Volver a ponerte en manos de esa loca? ¿Que la sancionen por tirana? ¿Que te den la razón, pera quedarte a gusto?

    Yo, desde luego, tal como lo has contado, te concedo la razón a ti.

    El tema es ¿Te la concederá el juez? Él, con seguriad, te hará muchas más preguntas y las contrastará con las que le haga a ella. Saber esa opinión, resultará muy costoso en tiempo, molestias y dinero.

    Ramón Ruiz.
  • solidinmuebles

    profesional

    Hola Marta,

    En primer lugar un acuerdo verbal tiene fuerza de ley. Probablemente la dueña no quiere firmar un contrato para poder hacer precisamente lo que hizo.

    Ha habido en este caso una relación de intercambio de dinero a cambio de alojamiento y por tanto una relación propietario- inquilino, actividad que seguro lleva de manera encubierta. Yo lo enfocaría por ahí.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si es un alquiler de habitaciones la normativa es el Código Civil, Libro 4, Título VI
    http://civil.udg.edu/normacivil/estatal/CC/4T6.htm

    Si lo que tenías arrendada era una habitación, y la renta estaba pactada por meses, cada mes, cualquiera de las partes podría finalizar el contrato.(Art. 1581).
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