Si es un alquiler de habitaciones la normativa es el Código Civil, Libro 4, Título VI
http://civil.udg.edu/normacivil/estatal/CC/4T6.htm Si lo que tenías arrendada era una habitación, y la renta estaba pactada por meses, cada mes, cualquiera de las partes podría finalizar el contrato.(Art. 1581).