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Vivo en un piso de 9 habitaciones en Madrid. El contrato es por habitación y la propietaria no vive en él
El problema es que en el piso de abajo, también del propietario, hacen fiesta de continuo, hasta el punto de que la policía ha llegado a venir alguna vez. Los vecinos al oír ruidos no identifican la procedencia y se quejan a la propietaria, la cual ha pedido a la agencia intermediaria hacernos firmar una cláusula adicional que dice que en el caso de crear problemas con los vecinos, se asume la pérdida de fianza. De lo contrario, empezarán a tomar las medidas legales oportunas para cerrar el piso, con el consecuente abandono obligatorio por vuestra parte y la pérdida de fianza bajo condiciones del contrato.”
Todos los inquilinos residen en Madrid al menos por un año y la duración de los contratos es de tres meses y renovando, en mi caso.
¿Cuáles son las alternativas y derechos que tenemos como inquilinos?¿Pueden desalojarme de mi habitación si está cerrada con candado?
Si cumples con tus obliagciones no pueden echarte mientras tu contrato este vigente.
de firmar clausulas, nada de nada.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es