Si puede probar, mediante los justificantes del pago mensual de la renta, que es inquilina de ese piso, tiene un contrato verbal de arrendamiento, que es tan válido como si fuera escrito. Tiene todos los derechos que la LAU otorga a los inquilinos, entre otros el de permanecer todo el año, y el de prorrogar el contrato por anualidades hasta 4 veces, hasta que lleve 5 años en el piso.
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