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Veronica

inquilino/a

¿Pueden los demas habitantes de mi edificio usar mi terraza de uso privativo?

He alquilado un piso que posee arriba una terraza. Tanto en Escrituras, como en mi contrato de alquiler, aparece como " terraza de Uso privativo". Y por eso nos hemos decidido a alquilar dicho piso, para tener un espacio donde tomar sol, estar con mis niñas,amigos etc.

Puede obligarme el Presidente de la comunidad a entregar una copia de la llave de dicha terraza?  La excusa es que la " necesitan" por si alguna de las dos antenas que hay en ella se averian. 

Nunca nos hemos negado a que accedan a ella cuando han querido reparar alguna de ellos, ni en facilitar nuestros telefonos para abrirles cuando sea necesario, pero no me apetece estar tomando sol, o desarrollando cualquier actividad y que en cualquier momento aparezca el administrador, el presidente con un vecino a " nuestra terraza" 

Ahora me han amenazado con cambiarme la cerradura de acceso. 

Como debo proceder? 

Muchas gracias 

  • Preguntado por: Veronica
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Estoy de acuerdo con el compañeroJan, por lo tanto en la entrega de esa llave debería exigir la firma de un recibo de la misma en el que se hiciera constar que solo será utilizada en casos de necesidad y previa autorización del inquilino titular de ese uso privativo.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola verónica:

    Como bien indica la terraza es de uso privativo, pero no debe olvidar que se trata también de un elemento común donde se hallan o a través del cual se tiene acceso a otros elementos comunes(antenas), por lo que mi consejo es que el Presidente o el Administrador dispongan de una copia de las llaves, la cual sólo podrán utilizar previa autorización en situaciones excepcionales.

    Reciba un cordial saludo

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Cambia tú la cerradura.  Y dile que te lo ha aconsejado tu abogado, y que le sugieres que se asesore él con uno antes de decir barbaridades.

    Saludos - Papeleos Alquiler.

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