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Es un piso de varias plantas y el propietario es uno solo, propiedad vertical. Le obliga el ayuntamiento a la reparación del tejado. Los contratos de inquilinos son posteriores a 1994.
En contratos que hayan durado más de cinco años se permite el incremento de renta por mejoras. La cuestión a dilucidar es si se trata de una mejora o una conservación, y probablemente ante una orden del ayuntamiento no quepa hablar de mejora, sino de conservación que no se podrá repercutir a los arrendatarios.