Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Mi compañero me ha dicho que se va en un mes. ¿Puede hacerlo sin haberme buscado otro compañero? El contrato esta firmado por los dos, aunque ya llevamos más de un año en el piso.
El tema es que no se si puedo exigirle algo más legalmente, mientras no haya sustituto, ya que a mi me es imposible hacerme cargo del coste total del piso.
Gracias
aclarar que es una opinion desde el sentido comun:
lo correcto seria hacer un contrato nuevo si que el constara,
pero como aclara usted no puede hacer frente al pago del mismo ahi puede o renegociar el precio o seguir con el mismo contrato, en el que el comkpañero es tan responsable de cumplirlo como usted asi que o abona su parte o busca alguien que le sustituya, pero en el supuesto de que usted dejara de pagar la reclamacion iria a opartes iguales para los dos,
y el tema de la fianza como lo tienen pq si no cancela el contrato no la recupera, salvo quie la pague integra usted
Notifique al arrendador (y tenga constancia de ello) la nueva situación antes de nada.
Madre mía.. vuelve uno por aqui y se sigue encontrando las mismas barbaridades..
Magodu, hazle caso al compañero Pholmo.
Para contestar su pregunta : si, su compañero de piso se puede ir con un mes de noticia. Me imagino que su contrato de alquiler es un modelo habitual, que estipula la duracion inicial, 12 meses, y sus prorogas hasta un maximo de 5 años. Como se puede imaginar, no sera logico obligar a su compañero de quedarse en el piso en contra de su voluntad. El concepto de una indemnisacion para usted y un juicio es algo teoricamente posible pero practicamente no probable, ya que los gastos de abogado, procurador, etc.. no justifican este camino. Recuerda que el dialogo entre personas es la forma mas facil de resolver problemas - todos somos humanos. Si su compañero de piso insiste en irse y usted no puede encontrar un sustituto, debe buscar otro piso lo antes posible. De cualquier manera, incluso antes de buscar un sustituto debe hablar con el casero para ver si eso es aceptable, es decir que el casero esta dispuesto a firmar un nuevo contrato entre las partes, ya que en el momento que su actual compañero de piso se marcha, su contrato actual deja de ser valido (a no ser que hay una clausula que expresamente indica lo contrario). Si hay un nuevo compañero de piso, los tres tienen que firmar un contrato de alquiler nuevo.
El porblema no es entre vds, sino con el casero, si es un arrendamiento solidario a quien se quede le puede exigir la totalidad del alquiler y si es mancomunado puede dar por terminado el contrato.
Por otra parte su compañero debiera recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).