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En mi contrato de alquiler esta estipulado que debo de hacer los pagos desde el dia 10 hasta el 12 de cada mes, pero la dueña del piso me lo reclama desde el dia 1 con amenazas de demandas y de desahucios. Llevo todos los pagos al corriente. Que pasaria si un mes no pudiera pagarle la luz o el agua ¿podria demandarme por ello aunque se lo pague al mes siguiente?¿tiene derecho a reclamarme el dinero desde el dia 1 de cada mes?. Muchas gracias por la ayuda
Lo pactado en contrato es Ley entre las partes si en su contrato está pactado el pago entre el 10 y el 12 de cada mes a ello debe atenerse la arrendadora, lo que vd. No puede sin embargo es retrasar un mes el pago de la luz o el agua.
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