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En el contrato pone, que se debe permitir la entrada al arrendador, para verificar el buen estado, y uso de los elementos del mismo ¿es esto legal? ¿puedo prohibir la entrada al casero mientras tenga el piso alquilado? Por lo que pone en la Ley, presupongo que sí.
sigo que se ha cortado
(Al igual que según la LPH el propietario está obligado con su Comunidad de Propietarios por lo mismo)
Recomendación: (vista la clausulita)
Cambia el bombín. Eso sí, guarda el original, y cuando te vayas lo repones.
Saludos - Papeleos Alquiler
No. Es una cláusula nula.
Es una cláusula nula por ser contraria a la ley, en este caso a la Constitución.
Empieza la cita:
Constitución Española:
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titularo resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
Termina.
El inquilino sólo está obligado a permitir el paso al propietario o a los técnicos que él designe, en el caso de que haya que acometerse una reparación importante, y al amparo del art. 21-3 de la LAU
(Al igual que según la LPH el propietario está obligado con su Comunidad de Propietarios por lo...