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El dueño del piso comparte el piso con nosotros. Pagamos las letras de la hipoteca que està a su nombre, desde que vive aquí le pagamos menos cantidad. Se quiere quedar un año más, pero nosotros no queremos eso.
No sabemos qué hacer para que se vaya, llevamos dos años sin poder invitar a ningun familiar.¿ Existen argumentos legales para que se marche?
Es algo surrealista; se supone que llegarían a un tipo de acuerdo plasmado en un documento o contrato por el cual le cederían una habitación, sin más datos no se puede concretar.
1. ¿tienen ustedes alquilada la casa completa?
2. ¿os alquila el dueño la casa por habitaciones y como una está libre él se ha mudado?
Presupongo que os lo ha alquilado verbalmente (opción 2)y en función de las habitaciones libres ha divido para que sumen el total de la hipoteca.Si es así, no existe ninguna ley que no le permita ocupar una habitación vacía de la casa,es el dueño y él redistribuye, como tampoco exite normativas para que no puedan ustedes invitar a cualquiera al apartamento. Lo mejor es que se busquen un apartamento nuevo, porque al igual que ustedes pueden invitar a cualquiera, él puede "invitaros " a marchar cuando le de la gana.Si son muchos siempre podrán presionar, bajo amenaza de irse todos al mismo tiempo, si su hipoteca se resiente, quizás prefiera marcharse él.
Si no es asi y tienen un contrato de arrendamiento de la casa entera (opción 1) y os ha hecho " una rebaja "si len permiten dormir en su apartamento, verbalmente, es mejor que den por finalizado verbalmente también dicho acuerdo y que el dueño se busque cualquier alojamiento optativo. todo esto si tienen un contrato de alquiler válido y dando un plazo para la búsqueda activa de nueva vivienda.
Poco más se puede aconsejar con tan pocos datos
Los únicos argumentos legales para exigir que abandone la vivienda están en la LAU y se desprenden del contarto de arrendamiento que tengan suscrito y que evidentemente no conozco ni puedo intuir, ya que describe una situación bastante anómala, que los inquilinos paguen las cuotas del préstamo hipotecario del arrendador, no es lo habitual.
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