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Voy a dejar la casa en perfectas condiciones, pero me preocupa que me repercuta ciertos desperfectos previos como una ventana muy antigua, suelos antiguos con manchas....pero el resto perfecto.
Gracias
Saludos,
No es la solución dejar de pagar el alquiler deñl último mes para compensarlo con la fianza, el arrendamiento continuará vigente hasta que el Juez decida su resolución y el arrendador podrá, además de los daños en l avivienda reclamar los meses que vayan transcurriendo entre tanto.
te han dicho q hay un problema de prueba y yo te he orientado un poco sobre como puedes probarlo, y en varios de los casos es el casero el q deberia probar el mal uso del inquilino, asi q no veo problema.
el problema como siempre, es q dejes al casero q decida a su libre albedrio si te devuelve la fianza (si la quieres recuperar vas tu a juicio), en vez de dejar tu de pagar el alquiler para q te la devuelva entera (si quiere cargarte daños va el a juicio). En la practica nadie va a juicio por cosas tan pequeñas.
por aqui aconsejan unas fotos del estado del piso con una portada de periodico visible q debes conservar para probar la fecha. Y el dia de la entrega de llaves o te firma el documento con devolucion en perfecto estado o le enseñas las fotos y q compare, si no firma y sigue en sus trece saca nuevas fotos del piso con periodico de ese dia, para q lo decida un juez.
tambien el dia de firmar el contrato inicial debes hacer un anexo al mismo en el q indicas todos los desperfectos de la casa, q te lo firme el casero o tu no le firmas el contrato donde pone perfecto estado de la vivienda. Yo hago esto ultimo en vez de las fotos.
Gracias! y para la próxima vez, ¿Quá hago? ¿¿¿fotos previas??? porque los propietarios aval y de todo, pero a los legales, tranquilos y cuidadosos nadie nos ampara
Hola Leis:
Coincido con la respuesta de mi compañero pholmo.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
y por otro lado, q pasa con las normas sobre reparación de elementos dañados?. si lo estropeado es algun mecanismo de dicha ventana q se pueda considerar una reparacion menor, q corra a cargo del inquilino. en caso de tratarse de la ventana entera su sustitucion o reparacion corresponde al arrendador, salvo mal uso
sobre el suelo, esta claro q es reparacion mayor y le corresponde al dueño, salvo q el pueda demostrar q las manchas son por un mal uso del mismo imputable al inquilino (eso solo lo puede decidir un perito)
hombre, en el caso de una ventana cuyo desperfecto se describe como "que es antigua", siendo el contexto el de un piso antiguo con la inmensa de mayoria de elementos en evidente estado de antiguedad, si q se da por sentado q esa antiguedad existia previamente a la entrada del inquilino, ponga lo q ponga el contrato sobre el excelente estado de la vivienda.
mas bien la carga de la prueba pasa al casero para q demuestre q esa ventana era la excepcion frente al resto de la vivienda, y q se cambio la ventana recientemente por una nueva y por tanto su mal estado se puede presuponer q es por causa del inquilino
idem con el suelo
Se trata de un problema de prueba, indudablemente no puede afectar la fianza a la reparación de daños preexistentes al arriendo, pero, ¿Vd. Puede demostrar esa existencia previa?
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
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