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El contrato de alquiler no indica la suma total del gasto de comunidad, pero las partes acordaron, verbalmente, una cantidad inicial que, sin embargo, el casero va incrementando a medida que lo considera oportuno y solicita derramas puntuales a los inquilinos alegando que el gasto ha superado el presupuesto.¿Hay alguna cantidad máxima establecida para el incremento del gasto de comunidad? ¿Debe el inquilino pagar estas derramas puntuales que el casero solicita?
Hola nicals:
Para responder a su pregunta sería preciso examinar el contrato, las cantidades pagadas, el concepto en que fueron pagadas y la cuantía y origen de las nuevas cantidades. Por ello le sugiero que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Si han estado pagando pacíficamente una cantidad se sobreentiende un pacto.
Ahora bien, legalmente, de esa cantidad, solo les podría subir el doble del ipc general en cada anualidad.
Hola,
Solo debe pagar las cuotas de comunidad si viene reflejado en el contrato la cantidad a pagar.
Las derramas para mejoras del edificio siempre van a cargo del arrendador.
Si en el contrato no se fijó la cantidad anual a pagar por gastos de Comunidad, esa clausula es nula, porlo tanto con mayor motivo no puedeel casero incrementar a su gusto esa cantidad.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).