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Llevo 11 meses en el apartamento donde vivo. Yo alquile el apartamento el 15 de diciembre y en el contrato especifica que tengo 10 dias (hasta el dia 25) para pagar el alquiler aun asi el casero ha estado llamando a la chica de la agencia que me alquilo el piso por que dice que me retraso en el pago (suelo hacerlo entre el 20 y el 25, aunque de palabra habiamos hablado que lo haria entre el 10 y el 15). Creo que se esta poniendo nervioso porque sabe que me he quedado al paro. Yo se que el contrato de un año es automático y me sirve por 5 años. En el contrato que firmé renuncié a la opción de compra en caso de que el propietario quiere vender la propiedad. El caso es que me da la sensación de que no quiere que siga en el piso. Lo tengo en óptimas condiciones porque soy sola y lo cuido mucho. No tengo pagos pendientes y no se si puede buscarse alguna trikiñuela para echarme..
Hola latitina:
1º) En cuanto al periodo de pago de la renta. Habrá que estar al pactado en el contrato, salvo que pueda probarse que dicho periodo ha sido modificado de forma posterior por acuerdo entre las partes.
2º) Convendría examinar el contrato para ver si el mismo es de vivienda o de tenporada, pues de ello dependerá de si la cláusula relativa a la renuncia del derecho de tanteo es nula o no. Si el contrato es de vivienda la cláusula será nula de pleno derecho y, si es de temporada será válida.
Reciba un cordial saludo
Si estas pagando no te preocupes. Al casero debería darle igual que estés en el paro o que seas consejera delegada del Santander.
Sobre la renuncia al tanteo y retracto, coincido con los anteriores intervinientes en que probablemente será nula.
Si te quieres ir dentro de un tiempo, como mucho podrá obligarte (jucio mediante) a pagar las mensualidades hasta acabar la anualidad en curso.
da lo mismo si quiere venderlo o no, tu no tienes ni que enseñarlo a los posibles compradores ni que moverte de tu casa.
Si en el contrato pone que pagarás entre el 15 y el 25 de cada mes y estas pagando en esas condiciones, estaas haciendo lo correcto y lo legal, así que tranquila que ni siquiera puede acogerse a que pagas mal. Puedes vivir ahí tan tranquila los 5 años que la ley te concede. Y si fueses tu la que quisiese marcharse, tienes derecho a hacerlo en una anualidad avisando con 30 días de antelación mediante burofax.
Respecto a la clausula de derecho de tanteo, yo juraria que es NULA, porque las clausulas que vulneran la ley lo son. de todos modos si te interesase comprarlo, sólo tendrias que ir a un abogado experto en temas de arriendo.
El mayor miedo que tengo ahora es que el casero me diga que quiere venderlo,que llegue a utilizar esa excusa para que me vaya.En el contrato renuncie al derecho a tanteo y retracto....en mi contrato no pone nada si soy yo la que se va antes de tiempo...podria oblgarme si me quiero ir dentro de un tiempo a pagar las mensualidades hasta cumplir los 5 años?
Un inquilino solamente puede ser desalojado del arriendo por incumplimiento, normalmente será pro falta o retraso en el pago, eso lo debe decidir un Juez, sin mas datos parece que la renuncia al tanteo y retracto es nula.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente