Los contratos de arrendamiento se firman para ser cumplidos por ambas partes, e implican derechos y obligaciones para ambas partes.
El arrendador tiene el derecho de cobrar la renta y la obligación de tener a ese inquilino hasta 5 años.
El arrendatario tiene la obligación de pagar la renta y de permanecer el tiempo al que se hubiera comprometido, y, derecho a prórrogas por, anualidades completas hasta que el contrato cumpla 5 años, a veces 8.
Si el arrendatario o inquilino da por terminado el contrato unilateralmente, el casero le puede demandar por incumplimiento de contrato, y ello podría significar que un juez le condene a seguir pagando hasta que el piso vuelva a alquilarse o hasta cumplir el tiempo pactado en el contrato y, además, y esto es muy caro, a correr con las costas del juicio.
Lo más sensato: negociar con el casero una indemnización o quedarse en el piso el tiempo pactado. Lo peor - por caro - será ir a juicio.
Tienes también dos posts en el blog de PHOLMO respecto a desistimiento que son muy clarificadores:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html