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cuirfo

inquilino/a

prorrogas legales

despues del plazo minimo de 5 años establecido por la ley de arrendamientos urbanos de 1994 y sin notificación alguna por parte del arrendador en este periodo, cual seria la siguiente prorroga que me corresponderia ? Muchas gracias.

  • Preguntado por: cuirfo
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Cuirfo:

    Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-celebrados-entre-el-1_1_1995-y-el-5_6_2013.htm

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl



     

  • usuario eliminado

    Es cierto pholmo.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Conviene puntualizar que esa duración es obligatoria para el casero el inquilino cada en cada anualidad puede darla por terminada.

    En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Le corresponde otra de 3.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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