Ana ante todo conviene subrayar que un contrato firmado en noviembre de 2012, se encuentra en su primera prórroga anual, y, si el inquilino lo desea, puede prorrogarse hasta noviembre de 2020. Durante ese tiempo solamente podrá el arrendador actualizar el alquiler conforme al IPC. Tenga en cuenta que en el periodo que se contempla ha habido IPCs negativos. El nuevo contrato si ambas partes lo deciden será a partir de diciembre de 2020.
Pedro Hernández Olmo, abogado